El amor no solo mueve corazones, también influye en la economía familiar. Y es que casarse sigue siendo la opción más ventajosa a nivel fiscal frente a las parejas de hecho. Con la celebración de San Valentín como telón de fondo, muchas parejas que buscan formalizar su relación se preguntan: ¿qué opción es más beneficiosa económicamente?
Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el 2023 cerró con un récord histórico de bodas en España, alcanzando los 179.107 matrimonios. En paralelo, las parejas de hecho aumentaron en un 27,7% en el mismo periodo.
Sin embargo, más allá del compromiso emocional, la decisión de casarse o inscribirse como pareja de hecho puede suponer diferencias significativas en el ahorro fiscal.
Ventajas fiscales del matrimonio en la declaración de la renta
Uno de los aspectos clave a considerar es la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Según expertos de la plataforma TaxDown, los matrimonios tienen una serie de beneficios fiscales que no están al alcance de las parejas de hecho:
- Declaración conjunta: Solo los matrimonios pueden optar por esta modalidad, permitiendo una reducción de hasta 3.400 euros, especialmente beneficiosa si uno de los cónyuges tiene ingresos bajos o no percibe rentas.
- Deducción por aportaciones a planes de pensiones: Si un cónyuge aporta al plan de pensiones del otro, puede beneficiarse de una reducción adicional de hasta 1.000 euros anuales.
- Deducción por discapacidad: Si uno de los miembros del matrimonio tiene una discapacidad superior al 33%, podrá acceder a una deducción de 1.200 euros en el IRPF, algo no aplicable en las parejas de hecho.
- Deducción por vivienda habitual: En caso de separación, si un cónyuge sigue pagando la hipoteca de la vivienda donde residen los hijos, podrá mantener la deducción en el IRPF, una ventaja que no tienen las parejas de hecho.
Beneficios adicionales del matrimonio
Más allá de la renta, el matrimonio también ofrece ventajas fiscales en otros ámbitos, como la seguridad social y las herencias:
- Pensión de viudedad: Mientras que en el matrimonio el acceso a esta pensión es automático, en las parejas de hecho se deben acreditar cinco años de convivencia estable e ininterrumpida antes del fallecimiento de uno de los miembros.
- Impuesto de sucesiones: En caso de herencia, el cónyuge viudo puede beneficiarse de mayores reducciones fiscales respecto a las parejas de hecho. No obstante, este beneficio varía según la Comunidad Autónoma en la que se resida.
A pesar de las diferencias fiscales, los expertos recalcan que las ventajas en caso de tener hijos son similares, sin importar el tipo de unión. No obstante, cuando se trata de maximizar el ahorro y la seguridad económica, el matrimonio sigue siendo la opción más rentable.
En nuestras secciones encontraras más información que te puede interesar.